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UNIDAD 7
1. ORIGENES DE NUESTRO FEDERALISMO. LA CRISIS DEL AÑO XX. EL TRATADO DE PILAR,
VENEGAS Y CUADRILATERO. ORGANIZACIÓN DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS.
A) ETAPAS DE LOS 10 PRIMEROS AÑOS.
1810 Nacimiento de la Patria;
1815 Primera crisis federal, que derroca al centralista Directorio de la “facción” alvearista;
1820Año de la segunda crisis federal, que derroca por segunda vez al centralista y monárquico Directorio
de Pueyrredón y Rondeau;
En síntesis: esta primera década nos deja el nacimiento de la Patria, su independencia, su consolidación con
San Martín, el agotamiento del proyecto monárquico y el surgimiento de la organización federal.
B) LOS ORIGENES DE NUESTRO FEDERALISMO
Es difícil precisar el origen del Federalismo, por lo que la historia lo analiza desde dos puntos de análisis:
temporal y espacial.
Desde el punto de vista del ámbito temporal se puede mencionar a la Revolución de mayo, pero más que naca
como un momento de ruptura por sobre todo tipo de continuidad, especialmente, como un corte total con el pasado
hispánico.
Desde el punto de vista de los ámbitos espaciales, se deben analizar conjuntamente varias situaciones: por
un lado, el ámbito político espacial perteneciente al dominio español y sujeto a la Corona de España. La irrupción
europea sobre el espacio específicamente americano en 1806/1807, con las invasiones inglesas, produce un doble
efecto: la confirmación de la españolidad por una parte y el despertar del difuso sentimiento de patria, tanto
americano como local. La segunda irrupción europea (invasión napoleónica), resalta esta dualidad, pero ya con clara
preeminencia del segundo sentimiento con la consecuencia de la revolución de mayo y la posibilidad concreta de
independencia.
El segundo ámbito espacial administrativo está determinado por la erección del Virreinato del Rio de la Plata.
Su creación, que obedece esencialmente a razones militares, acentúa el antagonismo.
Las ciudades
La designación de la Ciudad de Buenos Aires como capital del Virreinato, sumado al incipiente librecambio
mechado de contrabando, acelera notablemente el desarrollo y la importancia política y económica de aquella.
Ello en preexistencia de otro ámbito político espacial las ciudades del interior, surgidas en el s. XVI al amparo
del monopolio comercial colonial. Debieron al principio bastarse a mismas política y económicamente,
desarrollando un fuerte espíritu localista.
Nacen así las competencias reales y potenciales, las más de las veces subordinadas a la jerarquía virreinal, de
tipo genéricas entre Bs As y el interior, y específicas como Montevideo versus Buenos Aires, o esta última versus el
litoral. Con la sanción de la Real Ordenanza de Intendentes y sus reformas se agrega una tensión adicional: ciudades
principales y dependientes.
La campaña
Tan fuerte es su aparición que las primeras razones que daban cuenta del federalismo y sus “males”, atribuían
su gestación al medio rural. En el siglo XIX El Facundo es el arquetipo de ese razonamiento. Para Sarmiento la lucha
de federales y unitarios es en definitiva la de las campañas contra las ciudades, representantes estas del elemento
civilizador y aquellas de la barbarie.
Las explicaciones de este siglo más difundidas atribuyen a la ciudad el rol de pilar en la génesis del federalismo.
Se debe tener en cuenta que, en el siglo XVIII, la campaña ha adquirido una preponderancia demográfica
innegable. Se cree que aproximadamente el 70% de la población vivía en áreas rurales. Para 1810, la población ha
crecido considerablemente, pero la expansión demográfica sigue en gran medida el fenómeno de la ruralización, y
se amplían los porcentajes de personas viviendo en el campo.
La Provincia de Buenos Aires es la única que muestra supremacía urbana. Aunque decreciente
porcentualmente, la zona urbana de Bs As es siempre superior a la campaña.
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Si el aumento demográfico no descalifica por si la pretensión de la supremacía urbana sobre la campiña en
todo el interior del país, debe estarse a la importancia económica de las zonas rurales del interior no portuario, donde
descansa la producción principal: ganadería, con notable importancia en la cría y comercio de mulas, engorde de
bovinos y la no tan rentable pero imprescindible hacienda caballar. Todo ello complementado por producciones
artesanales que no requerían de muchos participantes, dispersas por todos los puntos de los territorios provinciales.
Tales actividades eran relevantes en cuanto al abastecimiento de los elementales requerimientos del consumo
interno y dejaban algunos excedentes para la comercialización. El litoral tenía una producción esencialmente
ganadera, donde obviamente el campo resultaba fundamental.
En síntesis: diseminada por todo el interior, la base productiva era la campaña y, esquemáticamente, le
correspondía a la ciudad el rol mercantil e institucional. Pese a la incuestionable primacía de la población rural y a un
sostén económico esencialmente campestre y dispersa, la ciudad mantiene la preeminencia política; con el transcurso
de las guerras de la independencia y al calor de la libertad, la campaña adquiere una nueva dimensión de
trascendencia, social, militar y finalmente, política.
La irrupción y sus proyecciones
A los campesinos la revolución los hace participes, voluntarios e involuntarios a veces, a través de la batalla y
con ello de la cosa pública. El proceso es elemental: requiere de un caballo, una lanza y un hombre de coraje. El litoral
es más intenso, se van incorporando de diversas formas hasta lograr la unión de varias provincias.
Hay centenares de criollos e indígenas, anónimos, que no saben leer y que ignoran la existencia de la Gazeta,
que pasan a batallar oscuramente por la patria, sin gran organización.
Desde otro lado, en la Banda Oriental rugen ambos en la campaña y se gestan a partir del notable éxodo de la
población rural que acompaña masivamente a Artigas. Se establece allí “la otra capital”, en Purificación.
Ellos harán resonar los cascos sobre el mar verde de las pampas y el litoral. Después, aunque sigilosos, se
descolgará su tropel de las sierras de nuestro norte y oeste. Son muchos. Una montonera: “Montoneros”. Su grito es
desordenado y que desordena, invade ciudades y literaturas. Se los equiparará a la barbarie. Son parte del pueblo,
por lo general federales y nombre se asocia indeleblemente al federalismo.
Dice en sus memorias, uno de sus mayores adversarios, “el manco” Paz: “Los federales o montoneros se batían
con el mas denodado valor, su entusiasmo degeneraba en el más ciego fanatismo y su engreimiento por causa de sus
multiplicadas victorias sobre las tropas de Bs As se parecía al delirio…”.
Desde entonces montoneros, caudillos y federalismo serán una trilogía que marcará los acontecimientos del
país en el siglo XIX. La incomprensión, el rechazo y la represión de ese fenómeno inesperado y novedoso, en vez de
evitarlo, lo potenció.
El federalismo así constituido como trilogía excede largamente la mera expresión de una forma de estado, y
se extiende a una nueva forma de participación y de representación: “cada lanza, un voto”. Es también una expresión
de poder distinto: comienza a definirse en cuanto a actitud política como opuesta al centralismo y toda vez que se
identificaba al centralismo como el liberalismo, va adquiriendo también un cariz antiliberal.
El origen institucional
La doctrina moderna se refiere a la cuestión federal como forma de Estado: “el poder estatal en relación con
la base física del territorio”, esto es, que el poder se encuentra repartido en cuantas comunidades políticas, provincias
o “estados” autónomos haya dentro del Estado, y que se han reservado una esfera de derechos, pero con una sola
soberanía que reside en el estado federal. Es una unión indestructible de estados indestructibles.
También se reconoce la Confederación de estados, donde subsisten los Estados soberanos que la componen
como entidades independientes, pero “disponiendo una reducida porción del ejercicio de su soberanía a favor de un
órgano, comúnmente denominado dieta, encargado de acordar las medidas a tomar y que, por ser obligatorias para
los componentes, deben ser aprobadas por cada uno de ellos.
Desde el punto de la teoría política, entonces, puede distinguirse la simple alianza, del Estado Federal y de la
Confederación de Estados; pero como ellos se configuran en la práctica en distintos grados, en el siglo XIX la
terminología solía referirse indistintamente a los términos federación o confederación para indicar cualquier estadio
de aquellos.
Algunos historiadores pretenden hallar antecedentes del federalismo ya en la misma revolución de Mayo;
empero, no hay ningún soporte documental ni político para ello. Tampoco resulta correcta la inferencia lineal y a
priori sobre la existencia de reglas federales, asentada en la retroversión de la soberanía a los pueblos manifestada
el 22 de mayo, puesto que ello se refería a una cuestión de representación y no de forma de estado.
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Tampoco está fuera de discusión que los principios federales no formaban parte de la agenda político-
doctrinaria de los revolucionarios de Mayo. La única excepción relevante es MORENO; se sabe que su opinión sobre
el federalismo, al menos para la etapa fundacional, es clara. Conoce además las diferencias entre federación y
confederación. Se puede sintetizar su pensamiento en los siguientes ítems: a) la imposibilidad de un Estado de todas
las Américas españolas; b) constitución de las provincias en los límites que hasta ahora han tenido; c) en las presentes
circunstancias todo sistema federativo es inverificable e incluso perjudicial; d) Alianza estrecha por ahora entre los
estados a constituirse; e) No hay ninguna referencia a un sistema de federación hasta el interior de las provincias que
habrán de constituirse en los límites que hasta ahora han tenido.
Coherente con esas tesis, la Junta lleva sus fuerzas militares hasta los confines del Virreinato del Rio de la Plata
para imponer y consolidar la revolución y establecer una constitución.
No obstante, el primer limite serio en relación a este proyecto aparece con Paraguay. Aun después de la
derrota, la misión negociadora de Echeverría y Belgrano lleva como Instrucciones “la necesidad de fijar un centro de
unidad sin el cual es muy difícil concertar planes… que el vínculo solo de federación no basta en una urgente
necesidad en que nos hallamos de obrar con unidad…”. La Junta después termina variando su postura ante las
circunstancias y culmina suscribiendo el “Tratado de Amistad y Unión Perpetua”, entre Bs As y el Paraguay.
Conforme al Art 5 de dicho tratado, si bien se expresa el deseo de unir a ambas provincias en una federación
y alianza indisoluble, todo ello se convenía “por consecuencia de la independencia en que queda esta provincia del
Paraguay de la de Buenos Aires”. Se utiliza en dicho documento el termino federación como mero sinónimo de
alianza.
Se reducía así inesperadamente el alcance del proyecto morenista. La Junta nacional debía acordar “solamente
una estrecha alianza” no ya con otros estados, sino con una provincia dentro de Virreinato.
El 12 de octubre de 1813, rechazada la misión de Herrera para lograr la concurrencia guaraní a la Asamblea,
Paraguay se declaraba Republica, iniciando la política de aislamiento y desarrollo autónomo que lo caracterizo, “una
isla rodeada de tierra”.
Tampoco la incorporación de los diputados del interior a la Junta, en si misma otorga carácter federal al
movimiento de mayo, sino su ampliación nacional, con mayor legitimidad, pero sin abdicar de seguir dirigiendo
centralmente los destinos de las Provincias Unidas.
Posteriormente, la creación de las Juntas Provinciales amplia el concepto de soberanía popular hacia el
interior, pero mantiene la rígida dependencia hacia el poder central: con entera subordinación a esta Junta
Superior”.
Con el efímero Reglamento Orgánico del 22 de octubre de 1811, aparece en nuestros instrumentos
institucionales el termino confederación, pero en una peculiar acepción que en nada condice con la estructura de un
estado federal, sino con la particular visión del deán G. Funes sobre la formación constitucional. Para despejar
cualquier duda, baste señalar que el deán Funes era miembro de la Junta Nacional que instruyo a Belgrano sobre la
necesidad de fijar un centro de unidad y será uno de los defensores y prologuista de la Constitución unitaria de 1819.
Pero la Revolución de Mayo, al introducir en un sistema político jerárquicamente estructurado como el
colonial, un nuevo concepto de legitimación basado en la soberanía de los pueblos, debe irse sujetando a las
consecuencias prácticas, y los riesgos, de esta nueva fuente de poder.
Tres circunstancias van a influir para que esta mutación se acelere y adquiera contornos específicos:
La improvisación y la inestabilidad en los dos primeros años de la revolución, hacen que el principio de
jerarquía, incluida la de la propia dirección revolucionaria, comience a debilitarse;
La revolución ha tenido su génesis en la Capital del ex virreinato, lo que le otorga a Bs As al menos
primogenitura sino superioridad, en su relación con el resto de las provincias que se han adherido a la Junta.
Los efectos sociales y políticos de la guerra de la independencia dirigida centralmente que impone
sacrificios e incluso sometimientos a las distintas regiones, han ido agudizando los descontentos con las direcciones
revolucionarias y la desconfianza hacia Bs As.
No resulta extraño entonces que en ocasión de la convocatoria a la Asamblea del año XIII, se expresen ya
fuertemente las tendencias localistas con algunos rasgos que pueden calificarse como autónomos, aunque confusos
y contradictorios en muchos casos.
Las Instrucciones de Tucumán del 7 de diciembre de 1812, contienen la salvedad previa de que la realización
de la Asamblea se haga precisa e indispensablemente fuera de Bs As y manifiesta la necesidad de que se reformen
los estatutos provisionales en consideración a que atacan la libertad y el derecho de los pueblos de las Provincias.
Establecen un claro mandato a sus dip. para que de ninguna manera consienta en la determinación de la
independencia.
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Las Instrucciones de Córdoba del 12 de diciembre de 1812, manifiestan que “se respeten y salven los
derechos y prerrogativas de esta ciudad” e insisten básicamente en sus prerrogativas judiciales para asegurar que
todas las causas de los cordobeses sean sustanciadas y concluidas localmente. No obstante, deja librada a la Asamblea
las dos cuestiones fundamentales: decidir la forma de gobierno y si conviene o no dictar la independencia.
Las Instrucciones de Jujuy del 23 de diciembre de 1812 se oponen a la declaración de la independencia por
prematura y peligrosa piden que la Asamblea sesione fuera de Bs As. En cuanto a la admin local dispone que “sea un
artículo especial que PE no puede nombrar gobernante para los pueblos de las Provincias Unidas, sino a consulta de
una Corporación o Junta…”
Las Instrucciones de San Luis del 13 de enero de 1813 se pronuncia por la independencia, pero en cuanto al
gobierno local solo se limitan a pedir intervención en el nombramiento del Gobernador en los casos de enfermedad
grave, ausencia o muerte.
Las Instrucciones de Buenos Aires del 27 de enero de 1813, no tienen ninguna referencia a la federación o
gobierno local. Encargan que cualquiera sea la forma de gobierno, se respete la soberanía de la voluntad general de
los pueblos, la división de poderes y la seguridad individual.
Ninguna de ellas cuestiona en el fondo el carácter unitario que ha ido tomando en los hechos el naciente
Estado y de D° en los provisorios estatutos y reglamentos dictados hasta entonces y en los proyectos constitucionales
preparados para la Asamblea.
La ruptura
El salto entre la difusa prescripción de “los derechos de los pueblos” y la fórmula de “soberanía, poder y
derecho que la Provincia retiene y que no es delego a las Provincias Unidas”, se debe al aporte de Artigas, por vi las
constituciones norteamericanas. Las dos orbitas diferenciadas conforman el novedoso concepto de estado federal.
En términos de Segreti, es la mutación entre Provincia intendencial y la provincia federal.
Recién entonces con las Instrucciones Orientales se formulan las posturas federales con un sólido sustento
ideológico y político. Estos pliegos de instrucciones de 1813, el Proyecto Federal de Constitución de 1813 y la obra de
los Congresos de Abril y de Oriente constituyen la primera elaboración federal, en un doble sentido: a) como
afirmación del ideario federal; b) como estructuración de un sistema con todos sus recaudos institucionales para
llevar a la práctica dicho ideario…
La propuesta de un estado federal, planeado con suficiente entidad por Artigas, representa un diseño de poder
totalmente opuesto al que se venía estructurando. Constituye “de hecho” la “otra banda”, en provincia federal, pero
se niega a aceptar toda secesión. Propone y exige otro modelo, no solo para su Provincia sino para todas las Provincias
unidas.
Las otras instrucciones federales, son las dadas por Potosí a sus diputados el 2 de septiembre de 1813, donde
se precisa la ratificación de la declaración de independencia, que la Constitución que dicte el Congreso debe ser
precisamente federalista, reservándose cada provincia su autonomía, garantizando la igualdad de de las provincias
confederadas, requiriendo el cambio de lugar del Congreso y sujetando a examen de todos los cabildos la Constitución
que se sancione. En líneas generales, resultan coincidentes con las instrucciones orientales.
La crisis de 1815, que convierte a Artigas en un referente nacional, será temporalmente absorbida y no sin
grandes dificultades directoriales. Su resultado, el Estatuto Provisional de 1815, solo consigna una concesión a las
pretensiones autonómicas: la facultad de nombrar los Gobernadores de las Provincias por los respectivos electores
de estas, pero mediante un complejo procedimiento de selección indirecta donde se incluye la suerte. El estatuto fue
rechazado y la crisis se mantuvo latente.
Declarada la independencia, el Congreso sanciona el Reglamento Provisorio de 1817, que significa un claro
retroceso con respecto al Estatuto de 1815, ya que la elección de Gobernadores, Intendentes, etc se harán a arbitrio
del Supremo Directo del Estado.
La Constitución de 1819 corona este proceso centralizador, ya que, si bien en el texto no se manifiesta en
forma expresa por el sistema unitario, si lo hace de manera indirecta la Comisión redactora cuando alega “la
necesidad de preferir un sistema de concentración y de unidad como mas análogo a las circunstancias del país que el
de provincias o estados confederados…”.
La Crisis del XX será irreversible y arrasa con los principales actores enfrentados durante la década: “La
revolución de Bs As y la del litoral mueren así juntas…”
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Características
La expresión federal de Artigas ha sido denominada como federalismo rioplatense y caracterizada como
defensiva o de resistencia.
En el primer caso se trata de resaltar su génesis y los límites geográficos y políticos de su extensión, en
contraposición de un federalismo abarcador de todo lo argentino; en el segundo como postura irreductible exigida
por su subsistencia, que no logra superar la etapa de “confederación, aunque su meta tuviera como propósito la
conformación de un Estado Federal donde sus partes componentes, provincias, cumplirían un papel
preponderante…”
Si el federalismo oriental no es el que recoge en forma directa la Constitución de 1853, es sin duda uno de sus
más importantes causes tributarios, tanto jurídicos, como históricos y políticos.
Las Etapas
La evolución del federalismo, puede sintetizarse en 4 etapas:
1. La primera década de revolución e independencia; la dirección y las políticas centralistas son
preeminentes y sus expresiones jurídicas e institucionales llevan su inconfundible sello. Los primeros movimientos
localistas del interior basados en el principio de retroversión de la soberanía a los pueblos no implican una ruptura
con el proyecto de unidad. El federalismo en el ex virreinato solo se genera con posterioridad a la revolución de mayo,
en un complejo proceso, en el cual y como reacción al centralismo, aparecen las posturas federales producto de la
singular experiencia de la Banda Oriental y de su caudillo Artigas, de la mano de las constituciones y de la doctrina de
los EEUU.
2. Década del 20, en donde las fuerzas autonómicas logran estructurar bases geográficas y
jurisdiccionales propias; se conforman las provincias como entidades autónomas y federales. Las provincias se
nuclean tras la ciudad, pero con el agregado sustancial de la campaña. Se regulan sus propios textos constitucionales,
lo que de alguna manera pretende garantizar su irreversibilidad. Se inicia la etapa de la “federación de hecho”, que
no logra concretarse de derecho en el Congreso de 1824/1827, por la poderosa oposición de Bs As y por las vacilantes
estructuras provinciales. El esfuerzo mayoritario de lograr un estado Federal resulta prematuro.
3. A partir de 1831, con el llamado Pacto Federal; comienza el periodo de la Confederación, y bajo el
sello del rosismo, se extenderá hasta la batalla de Caseros, asentando las experiencias provinciales.
4. Desde 1852 a 1861, con la configuración de la Republica Federal; en particular síntesis, según Alberdi,
de “una unidad federativa”. Mitre, Sarmiento y la generación posterior le darán el perfil que requiere la nueva
coyuntura internacional.
C) LA CRISIS DEL AÑO XX
La situación que se origina a partir del año 1820, ha recibido distintas y veces contradictorias denominaciones,
según el énfasis que se pone en sus diversos aspectos, reveladoras de las distintas imposibilidades de pensar esto y
por ende de la dificultad de su comprensión histórica, “en que el espacio común del encuentro de halla el mismo en
ruinas… el desorden que hace centellar los fragmentos de un gran número de posibles ordenes…”
Así, se le ha caracterizado como la anarquía federal, la secesión, la poliarquía, etc… Pero sigue siendo
preferible la denominación más descriptiva: la crisis del año XX, puesto que abarca todos los aspectos.
Mini resumen: En el año 1819 comienzan las desinteligencias entre las provincias y el Director Supremo Juan
Martín de Pueyrredón.
Juan Martín de Pueyrredón le ordena a Belgrano, que se encontraba a cargo del Ejercito del Norte que regrese
a Buenos Aires, para defender la autoridad del Director Supremo.
Lo mismo le ordena a San Martín que estaba en Chile, invocando razones de seguridad, a fines de defender la
soberanía del país, incluso con rumores de una invasión europea.
San Martín cruza los Andes solo, y viene a comprobar que no había tales peligros, y que no existía posibilidad
de ninguna invasión. Después se reúne con todos los Oficiales, ante los cuales expone la situación y decide con la
aprobación de todos, desobedecer las órdenes de regresar con el ejército de los andes.
Belgrano con el ejercito del norte, se queda en Córdoba, en una zona denominada Fraile Muerto
(aproximadamente donde hoy existe Belleville), y donde combatió con las tropas de López, en que ese entonces era
el gobernador de santa fe, pero que tenía gran influencia en la zona del sur de la provincia de córdoba.
La situación de crisis entre las provincias y Buenos Aires, llegará al punto límite, cuando Artigas envía a un
lugarteniente, el coronel Ramírez con una fracción de su ejército a enfrentar a buenos aires, para lograr el
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aprovisionamiento de municiones y de hombres para defenderse de los portugueses que ya habían invadido la banda
oriental. esto ocurre en octubre de 1819.
Ramírez al pasar por santa fe, se une a las tropas de Estanislao López, y de manera conjunta marchan sobre
Buenos Aires.
El enfrentamiento se produce en febrero de 1820 y en la primera batalla, que la conocemos como la “Batalla
de Cepeda”, Rondeau, que había reemplazado a Juan Martín de Pueyrredón, comandaba las tropas directoriales las
que son derrotadas, y por primera vez luego de la revolución de mayo, bueno aire queda en manos de las provincias.
Probablemente a los efectos de evitar el pánico en la población, el cabildo, retoma el gobierno y se pone en
comunicación con el campamento del ejército federal. Luego de una serie de tratativas se designa como gobernador
provisorio a Sarratea.
Desarrollo: La irrupción en 1820 de las montoneras en Buenos Aires, puede considerarse como un buen punto
de partida. Su presencia política y militar en la capital, síntesis de un complejo proceso y de una especial coyuntura,
resultará de un punto de inflexión en el desarrollo político e institucional en la incipiente nación. Constituye un
verdadero quiebre.
Hay en efecto un antes y un después del Año XX; el ANTES inmediato se sitúa en el fracaso de la Constitución
de 1819, como símbolo absolutamente centralizador y monárquico; así, San Martin desoye las órdenes del director
Rondeau, en lo que se conoce como la genial desobediencia, y se niega a que las fuerzas bajo su mando acudan en
defensa del Directorio e intervengan en la guerra civil. Y esto no lo hace porque comparta los ideales federales y
republicanos de los opositores, sino porque tiene absolutamente claro cuál es el objetivo principal: la independencia,
y para ello debe completar su campaña en contra de los españoles.
Por ello, vuelve a cruzar los Andes para desde Chile llegar por barco al corazón de las fuerzas realistas: Lima.
Sin embargo, parte de sus fuerzas acantonadas en San Juan, no pueden substraerse a la revuelta. El 9 de enero de
1820, el Batallón n°1 de Cazadores de los Andes, al mando del comandante Mendizábal, se subleva contra las
autoridades cuyanas. Un día antes, también el Ejercito del Norte, acampado en Pilar, Córdoba, al mando del general
Fernández de la Cruz, se amotina al poco trecho y no concurre al llamado de Rondeau. Es una “casi democrática”
sublevación, en donde se permite seguir a los que no estén de acuerdo.
Aunque desconectados entre sí, estos movimientos tienen una coincidencia temporal que muestra el
descontento y hartazgo de las armas de la independencia con la política directoral y refleja la agonía del sistema de
poder.
Entretanto, las fuerzas de los Caudillos López y Ramírez, avanzada del Protector de los Pueblos Libres (Artigas),
que habían cruzado el Paraná en la primavera de 1819, en enero de 1820 están a las puertas de Buenos Aires.
Sin los recursos de los dos ejércitos más importantes, al Directorio le queda un rejuntado de veteranos y
esclavos con el pretencioso nombre de Ejercito de Observación.
Cepeda y sus consecuencias
El de febrero de 1820, en la Cañada de Cepeda, los caudillos litorales desbandan rápidamente las fuerzas
del Director Rondeau. Tiembla Buenos Aires, pero Ramírez y López, los “barbaros federales”, dan una tregua y realizan
gestiones diplomáticas donde sintetizan sus objetivos políticos; proclaman: “elegid ya sin recelo el gobierno provisorio
que os convenga” y precisa el santafesino “Desaparezca de entre nosotros el Congreso y el Directorio de Bs As, para
que, libre el pueblo pueda acordar con otras provincias…”
La primera y directa consecuencia del triunfo de Cepeda es entonces, la disolución de las autoridades
nacionales. El 11 de febrero un bando del Excmo. Cabildo, Justicia y Regimiento de Bs As, informaba a los ciudadanos
que “el soberano Congreso ha cesado y el Supremo Director ha dimitido…”
La segunda, es el nacimiento de la Provincia de Buenos Aires. El Cabildo expresaba que en él se había
“reasumido el poder de la Provincia y que todas las provincias de la Unión están en estad de hacer por si mismas lo
que más convenga a sus intereses y régimen interior”. Convocado entonces un Cabildo Abierto el 16 de febrero, se
crea la Junta de Representantes que designa a Sarratea, gobernador provisorio de la Provincia. Este, enemigo jurado
de Artigas, devenido ahora federal por conveniencia, va a ser quien suscriba el Pacto de Pilar.
La tercera consecuencia es que quedan sepultadas para siempre las aspiraciones monárquicas de los grupos
directoriales.
La cuarta consecuencia es el comienzo de la política de los pactos interprovinciales, del que obviamente el
Pilar es el primero y más importante de la década.
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D) EL TRATADO DE PILAR
Su contenido
El 23 de febrero del año 1820, los gobernadores Manuel de Sarratea (Bs As), Estanislao López (Santa Fe) y
Francisco Ramírez (Entre Ríos) concluían en la Capilla del Pilar la convención liminar del federalismo argentino.
En el Art. 1 se pronunciaban por la federación, que ya se admitía y veía en los hechos; desde el punto de vista
institucional, deben destacarse los aspectos centrales de este artículo: a) el pronunciamiento categórico por el
sistema federal de gobierno, que admiten de hecho; b) pero, como respetuosamente reconocen, de derecho debe
declararse en una reunión (Congreso), a la cual convocan; c) el modo de elección de los diputados a dicho Congreso:
libre y popularmente; d) el carácter igualitario de la representación de cada provincia (por cada una, una rte.); e) el
reconocimiento y la ratificación de la pertenencia a una Nación expresada en la declarada aspiración de un gobierno
central; f) la necesidad de sustraerse a la influencia de la capital del Sud: el lugar de reunión será en la Provincia de
Santa Fe.
En el Art. 2 se establece la paz entre los contratantes. Se establece así la idea de la no impunidad contra los
crímenes de lesa libertad contra la nación, cuyos responsables deben ser juzgados mediante juicio público. El
enjuiciamiento se limitada a los miembros del Directorio y del Congreso.
El Art. 5 permitía volver a sus respectivas provincias a aquellos individuos que por diferencias de opiniones
políticas hayan pasado a la de buenos Aires, o de esta a aquellas; se “echara un velo a todo lo pasado…”
El Art. 9 establecía que los prisioneros de guerra de una u otra parte serian puestos en libertad, para que se
restituyan a sus respectivos ejércitos o provincias.
También se establece, por el Art. 4, el principio de libertad restringida de los os interiores, que se ampliara
al de libre navegabilidad en la constitución del 53.
Por el Art. 6 se deja a resolución del Congreso general de diputados las dudas sobre el deslinde de territorio
entre las provincias firmantes.
El Art. 3 se le hace un reconocimiento a la heroica prov. de Bs As y entre los elogios, una exigencia concreta
de ayuda material sujete a la generosidad porteña, con la alegada necesidad de hacer frente a la amenaza de invasión
portuguesa que oprimía a los orientales. Por las dudas, se garantiza el envío de armas y dinero, a través de un
compromiso reservado, según consta en el acta del Cabildo del 15 de marzo, al tratar un oficio de Ramírez en el que
pide nuevos auxilios económicos.
El Art. 7 establece el libre comercio de armas y municiones de guerra en todas las provincias federadas.
El enfrentamiento y sus efectos
El tratado, y en particular estos artículos, encierran el germen de la ruptura entre Ramírez y Artigas. En efecto,
Ramírez se titula Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, cuando como bien se ha señalado era hasta entonces
Comandante de Campaña subordinado a Artigas. Al “Protector de los Pueblos Libres” se lo reconoce como un simple
par, Capitán General de la Banda Oriental y además nada se dice en el tratado sobre la ruptura con Portugal que exigía
Artigas y que Ramírez se había comprometido tiempo antes por escrito.
Pero Ramírez, figura relevante ya desde 1818, es ahora jefe del Ejército Federal, que por primera vez en la
historia ha derrotado a los porteños en su propia casa.
Reclama aireado Artigas por tanto incumplimiento, manifestando su descontento por la Convención de Pilar
celebrada “sin su autorización ni consentimiento”; pero la jefatura depende de la fuerza con la que se la sostenga, y
Artigas la ha perdido. Responde Ramírez en los mismos términos.
Distintos tiempos, diversas estrategias e incluso opuestas ambiciones personales, dentro de una hasta ahora
común concepción federal, se enfrentaban. Artigas enuncia que “corría a salvar Entre Ríos” y retruca Ramírez que “la
provincia, ni necesita de su defensa ni corre riesgo de ser invadida...”
De la pluma pasaron a la espada. Artigas reúne orientales, correntinos e indios. En los primeros días de los 80
que duro la guerra del litoral, no le va tan mal al oriental, pero las tropas de Ramírez, mejor pertrechadas y
entrenadas, obtienen el triunfo resonante en Las Tunas. El entrerriano lo perseguirá hasta el final. Lo vence
nuevamente en Curuzu Cuatiá y finalmente en Cambay. El Jefe rechaza la amnistía que le ofrecen los portugueses y
la oferta norteamericana de asilo.
El 23 de septiembre de 1820, quien fuera el Protector de los Pueblos Libres, se exilia para siempre en Paraguay
y muere el mismo año que San Martin.
La batalla de Cepeda, el año 20, y en particular, el Tratado de Pila y la posterior derrota de Artigas, producen
una quinta consecuencia: Constituyen el inicio del federalismo propiamente argentino, y a la vez, configuran la
cancelación de la posibilidad y de muchos de los aportes del federalismo oriental. Se produce un cambio importante
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en el carácter de nuestro federalismo: de amplias pretensiones doctrinarias e institucionales y con sólidas bases
geográficas, queda reducido, todo ello en desmedro de los resguardos institucionales.
Recién en 1994, después de las tragedias, en el nuevo Art. 36 CN, se establecen las trabas constitucionales que
aseguran el orden institucional y el sistema democrático.
Otras consideraciones
El tratado de Pilar es considerado por varios autores como el primero de los “pactos preexistentesa los que
alude el preámbulo de nuestra constitución.
Por su parte, López Rosas solo le acuerda tal carácter al Pacto Federal y al Acuerdo de San Nicolás. Al tratado
de Pilar, Cuadrilátero, etc. los considera como pactos antecedentes de la constitución, pero no son los que el
preámbulo refiere”.
Recientemente se los ha llamado pactos preconstitucionales y admite englobar a todos en cuanto
preparatorios.
Desde una interpretación estrictamente jurídica y a tenor de las referencias expresas tanto del Acuerdo de
San Nicolás como de la Comisión de Negocios Constitucionales del 53, la referencia de preexistentes no puede abarcar
más que dicho acuerdo y el Pacto Federal de 1831. Desde el punto de vista histórico, sin embargo, la señalada
importancia del Tratado de Pilar es innegable.
La situación en Europa y América
En España la revolución liberal de Riego frustra la soñada reconquista de las colonias. La oposición de Gran
Bretaña impide cualquier nueva tentativa de intervención en las ex colonias auspiciada por la Santa Alianza.
El 20 de agosto de 1820, partía de Valparaíso hacia el Perú, la escuadra libertadora al mando del gran Capitán,
bajo bandera chilena.
Las fuerzas argentinas eran ya un alma sin cuerpo. Después del Acta de Rancagua, la voluntad de San Martin
y la mística revolucionaria del Ejercito de los Andes resultaban el único sustento de la campaña. No tenían tras de si
un país, solo una historia y una misión.
E) EL TRATADO DE BENEGAS
El 24 de noviembre de 1820, se hacía en la estancia del finado don Tiburcio Benegas a las márgenes del Arroyo
del Medio, el tratado solemne, definitivo y perpetuo de paz entre Santa Fe y Buenos Aires.
En el Art. 1 se establecía la “paz y armonía”, quedando a salvo sus respectivas reclamaciones y derechos ante
el próximo Congreso nacional.
Por el Art. 2 ambas provincias se comprometían a promover eficazmente la reunión del Congreso dentro de
dos meses.
El primer cambio notable con respecto al tratado de Pilar, es que el Congreso traslada su sede de Santa Fe a
Córdoba. Esto se explica por el Art. 7. El interés y la influencia del Gobernador Bustos, logran introducir una cuña
mediterránea en lo que hasta entonces había sido una problemática política esencialmente litoral.
El Art. 3 establece el clásico libre comercio de armas, municiones y todo artículo de guerra entre las partes
contratantes…”.
Los Arts. 5 y 6 se refieren a los esfuerzos que debe realizar cada gobierno para remover los obstáculos que
puedan hacer peligrar la paz y a los procesos de ratificación del tratado respectivamente.
La importancia institucional de este tratado reside solo en la apertura de una esperanza organizativa a
concretarse en Córdoba. No hay siquiera mención de la forma de gobierno ni menos referencia a la política exterior
con relación a la Banda Orienta, pero desde el punto de vista geoestratégico resulto una “verdadera alianza política
y militar entre Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe”.
Fundamentalmente, como se enunció al principio, es la paz y alianza definitiva entre Santa Fe y Bs As, con la
sola excepción de la breve hostilidad de 1829, entre López y Lavalle.
Paz y alianza que revierten los continuos enfrentamientos de la década pasada y cuya efectividad en rigor se
explica por el tratado secreto anexo a este. Por el acuerdo paralelo, ROSAS se competía a entregar a Santa Fe un
donativo de 25 000 cabezas de ganado “por todos los ciudadanos y hacendados amantes de la paz”, promesa que se
cumplió en exceso entregando 30.146 animales.
Asoma hacia el resto de las provincias el poder de un sector dentro de Bs As: “La campaña, que hasta aquí ha
sido la más expuesta y las menos considerada, comience hoy a ser la columna de la provincia…”
9
En el momento, además de la fuerte aparición política de Rosas y del sector que representa, el Tratado significo
la conspiración de López en Santa Fe, Martin Rodríguez en Bs As y Bustos en Córdoba, con la esperanza de concretar
el Congreso en su provincia.
En síntesis: Santa Fe solicita a Buenos Aires que se paguen los daños y perjuicios ocasionados por Dorrego, al
invadir a Santa Fe. La situación es salvada por un pacto secreto mediante el cual algunos estancieros de Buenos Aires
le pasaron 25.000 cabezas de ganado a Santa Fe.
Este tratado es uno de los más importantes tratados desde el punto de vista institucional, y en el mismo tuvo
gran importancia la labor mediadora del gobernador de Córdoba, el general Juan Bautista Bustos, el cual decide
mediar a los fines de llamar a un congreso que tendría tres objetivos básicos:
A) formar un gobierno nacional que no existía
B) dictar una constitución que tampoco existía y
C) la reconstrucción del ejercito del norte, para que invadan por tierra a Lima en Perú, contribuyendo al
ataque que por mar llevaría adelante San Martín. Siendo este ejercito del norte una pieza clave para consolidar los
planes de San Martín.
Con el pacto de Benegas, se convoca a un congreso nacional al cual son invitadas todas las provincias al año
siguiente el que fija como sede Córdoba. Como todo tratado de paz, las provincias se comprometen en ayuda mutua,
sellando de alguna manera así, la posibilidad de la formación de un nuevo gobierno nacional.
Ramírez que queda fuera de este pacto decide marchar sobre Buenos Aires, pero esta vez no le prestan su
ayuda ni Bustos, ni López. A su vez López se enfrenta con Ramírez, y este último es derrocado y muerto en junio de
1821 en córdoba cerca de Río Seco.
F) EL FRUSTRADO CONGRESO DE CÓRDOBA
No bien ingresó Córdoba, Bustos criticaba duramente el “diferente trato y la diversa correspondencia que
merecían los hijos de las provincias interiores” y en correspondencia con Bs. As. expresaba que “me puse en
comunicación con todas las provincias incitándolas a un nuevo Congreso que, sin mezclarse en la administración
interna de cada una, reglase los intereses generales de todas y diese un fuerte impulso a la defensa común”.
En síntesis, igualdad de trato entre las provincias, nuevo Congreso que respete sus autonomías y atienda los
intereses generales y apoyo a la defensa común, que consistía en el impulso al Ejército del Norte para asegurar la
gesta sanmartiniana en el Perú.
En 1821, si bien se había asegurado el apoyo de Salta y de las provincias cuyanas y la aquiescencia de Santa
Fe, la resistencia de Buenos Aires fue tenaz. Al principio, existió la negativa de parte de los diputados porteños de
aceptar los cargos; luego se le impusieron instrucciones que tendían a dilatar la reunión propia del Congreso. Otras
apuntaban a una estrategia a más largo plazo: que la representación fuera proporcional al número de habitantes.
No obstante, en mayo de ese año, llegaron los diputados a Córdoba, donde se “hablaba abiertamente de
hacerlo a San Martin director supremo del reconstituido Estado con Bustos de interino mientras aquel estuviese en
el Perú”.
A partir de Julio de ese año, Rivadavia había asumido como ministro y sus directivas reducen los poderes de
los delegados a sólo firmar pactos de alianzas con otras provincias, hacer un censo para el próximo Congreso y
nombrar agentes diplomáticos especiales para el reconocimiento de las potencias.
Bustos contesta que sin un centro de unidad que presida y pueda dar dirección a los negocios comunes, que
dirima las contiendas que existen y pueden existir entre las provincias federales… de donde infiere que en el citado
periodo no se encienda más y más la guerra civil? Ponía el dedo en la llaga. La búsqueda de ese centro de unidad y en
particular la forma de esa unidad, es bien comprendido por Buenos Aires, pero sólo puede pensarlo a través del
puerto y de sus propias reglas centralizadoras.
Larrechea, diputado por Santa Fe, lo sintetiza: “Bs. As. Esa oficina de planes hostiles e insidiosos, siempre
celosa del engrandecimiento de los demás pueblos, e insistiendo en sus aspiraciones trata de retirar sus poderes a
sus diputados. Todos los pueblos aspiran a la forma federal republicana y esto no está en los intereses de aquella
envidiosa capital”. No obstante la crítica, la última palabra del diputado es el reconocimiento inconsciente y certero
de la condición de cabeza de Bs. As. Rivadavia finalmente ordena el retiro de los diputados. El 4 de noviembre de
1821, fecha fijada para la inauguración formal del Congreso, ya estaba abortando.
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G) EL TRATADO DEL CUADRILATERO
En la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, desde el 15 al 25 de enero de 1822, se reúnen los representantes de
4 provincias, Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes, con el “objeto de solemnizar la paz saludable que
disfrutan” y acuerdan un extenso tratado de 17 artículos.
Por el art “Queda sancionada una paz firme, verdadera amistad y unión permanente entre las cuatro
provincias contratantes, cuya recíproca libertad, independencia, representación y derechos se reconocen y deben
guardarse entre sí en igualdad de términos…”
No hay mención expresa a la federación, ni mucho menos la aspiración de extender el sistema a toda la nación,
como en el tratado del Pilar.
El art “Si los españoles, portugueses o cualquier otro poder extranjero invadiese y dividiese la integridad
del territorio nacional, todas inmediatamente pondrán en ejercicio su poder y recursos para arrojarlo de él, sin
perjuicio de hacer oficialmente al Gobierno agresor las reclamaciones que estime justas y oportunas”.
Por el art “Subsiste la misma liga contra cualquier poder de los designados, que incida en igual defecto
contra el territorio particular o jurisdicción que cada una de las cuatro provincias disfruta…” y menciona los problemas
limítrofes de Entre Ríos y Corrientes y el modo de solucionarlos.
Por los art 4° a 7° tratan los efectos de la coalición con relación a las otras provincias y a las firmantes entre sí.
Si alguna de las 4 firmantes es atacada por otra no firmante, irán en auxilio las otras 3. Si la atacada hubiera dado
motivo, interpondrán las otras su mediación.
El art 8° “Queda igualmente libre el comercio marítimo en todas las direcciones y destinos en buques
nacionales, sin poder ser obligados a mandarlos abonar derechos, descargar para vender sus mercaderías o fruto por
pretexto alguno por los Gobiernos de las cuatro provincias, cuyos puertos subsisten habilitados en los mismos
términos…” Amplía el criterio sobre la navegación establecido por el tratado de Benegas.
Por los art 9° a 12 “Buenos Aires por un principio de generosidad” da por condonados cuantos cargos pueden
hacerse a Entre Ríos y Corrientes por los enormes gastos que causó la temeraria invasión del finado Ramírez; en
cambio Entre Ríos devolverá a Corrientes las propiedades sacadas por Ramírez.
Art 13° “No considerando útil al estado de indigencia y devastación en que están envueltas las provincias de
Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes por dilatadas guerras civiles que han soportado a costa de sangre, desembolsos,
ruinas y sacrificios de todo género, su concurrencia al diminuto Congreso reunido en Córdoba , menos conveniente a
las circunstancias presentes nacionales, y al de separarse la de Buenos Aires, única en regular aptitud respectiva para
sostener los enormes gastos de un Congreso, sus empresas marciales y en sostén de su naciente autoridad, quedan
mutuamente ligadas a seguir la marcha política adoptada por aquella en el punto de no entrar en Congreso por ahora,
sin previamente arreglarse, debiendo, en consecuencia, la de Santa Fe retirar su diputado de Córdoba”. Es la lápida
“convencional” sobre los restos del Congreso de Córdoba y un reconocimiento que servirá para el futuro: Buenos
Aires es la única que puede sostener los enormes gastos de un Congreso.
Art 14° Si consiguiente a la marcha política que se adopta algunas de las provincias contratantes creyese
después ser llegada la oportunidad de instalarse el Congreso General, se harán entre las invitaciones
correspondientes. No se efectúa llamado a Congreso y se deja supeditada la oportunidad de la convocatoria a la
voluntad de alguna de las contratantes. La única contratante “creyente” no podría ser otra que Buenos Aires.
El art 17 establece los plazos para la ratificación del tratado.
Con acierto se señala que el tratado del Cuadrilátero es “uno de los documentos menos claros y precisos de
nuestra historia constitucional”.
Paralelamente se celebró un “Tratado Reservado” anexo al del Cuadrilátero, cuyas clausulas secretas
establecían: Una alianza y liga ofensiva contra los españoles, portugueses o cualquier otro poder extranjero que
hubiera invadido, invada o divida la integridad del territorio nacional o particular de las 4 provincias. Se plantea una
postura más firme contra la invasión portuguesa.
En síntesis, con el tratado del Cuadrilátero se recrea el bloque litoral del tratado del Pilar, con el agregado de
Corrientes, pero con una variación sustancial: ahora la coalición es inspirada y dominada por Buenos Aires.
H) PROVINCIAS Y CAUDIILLOS
Durante estos primeros años veinte, se produce una verdadera revolución en la conformación de las
provincias. De este proceso saldrán conformadas 13 de las 14 provincias fundadoras, con verdadera autonomía,
generadoras e impulsoras de un nuevo derecho público. Conviven en la primera época tendencias a reducir esa
estructura provincial aún por parte de federales declarados. Ej. Ramírez que intenta constituir una provincia más
amplia, República la llamará. El fervor autonómico es incontenible.
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La Provincia, en el disperso horizonte de ciudades coloniales será entonces a la vez, efecto y causa de los
nuevos emergentes político-sociales: los caudillos y la campaña.
1. Santa Fe
Estanislao López (1786-1838) es la figura central de la Provincia. Prisionero de los españoles fuga y retorna en
1812 a Santa Fe, donde asciende a alférez de Blandengues, continuando al servicio de la Revolución patrullando el
litoral. Luego es ascendido a teniente y destinado al norte. En 1816 se subleva con sus tropas y junto a otros
santafesinos y con el auxilio de fuerzas artiguitas, concluyen hacia la ciudad obligando a capitular a los ejércitos
porteños invasores al mando de Viamonte. Mariano Vera es designado Gobernador de Santa Fe. López continúa sus
ascensos militares, bajo el auspicio de las fuerzas autonomistas, llegando a ocupar el cargo de comandante de armas
de la provincia. Vera renuncia en 1818. En Julio, López irrumpe en la ciudad y se proclama gobernador provisorio el
23 de Julio. En abril de 1819, otros triunfos de las montoneras, llevan a concertar el Armisticio de San Lorenzo entre
los jefes porteños y López, lo que importa la renuncia de Pueyrredón como director.
Ese respiro le permite a López, subsanar su irregular designación originaria y dictar una constitución. El 8 de
Julio la Asamblea de Electores eligió unánimemente al Caudillo como Gobernador. El 26 de agosto de ese año, Santa
Fe es la primera provincia en contar con una Carta Magna. Pero las fuerzas de las armas pesan más por ese entonces
que las leyes fundamentales.
López resultará una pieza clave en toda la política nacional. Defensor y constructor de su Provincia, y de su
causa el Federalismo.
2. Entre Ríos
La República Entrerriana
En el Pacto del Pilar, Ramírez se proclama Gobernador de la Provincia de Entre Ríos. Inicialmente creada en
forma artificial por decreto de Posadas en 1814 para afirmar la autoridad directoral. Ramírez se da la creación de una
jurisdicción más amplia para el ejercicio de su poder y de su proyecto.
El 29 de septiembre de 1820, quedaba constituida la República Federal Entrerriana compuesta por Entre Ríos,
Corrientes y Misiones.
Al tiempo que se firmaba el tratado de Benegas, Ramírez es elegido del otro lado del Paraná, Jefe Supremo de
la República, por sufragio universal. Sanciona reglamentos de orden militar, político, económico y financiero. Ramírez
muere el 10 de Julio de 1821 cuando es alcanzado por una partida cordobesa. Su cabeza es exhibida y embalsamada
en Santa Fe. Junto con él se extingue la “República” que había creado.
La provincia
El coronel Lucio Mansilla con el apoyo de Buenos Aires y Santa Fe, se hace designar gobernador provisorio de
Entre Ríos y “confirmado” en propiedad en diciembre de 1821 por un congreso de diputados.
En marzo de 1822 se sanciona el “Estatuto provisorio Constitucional” con lo cual queda configurada
jurídicamente Entre Ríos. Eran tiempos de pactos entre las provincias.
El 9 de noviembre de 1823 firma con el comisionado de Buenos Aires la “convención especial” por la cual
Mansilla se compromete a remitir a Buenos Aires “doscientos dragones con sus mujeres e hijos, jefes, oficiales, armas
y monturas” a cambio del pago de $30.000- ¿compraventa o locación de servicios?
Después de vencido su mandato, será diputado al Congreso de 1824 y no volverá a la provincia.
En el cargo de gobernador, lo sucedió Juan León Solar y al finalizar éste, fue electo López Jordán, cuya
designación fue anulada. A partir de ahí, se suceden una veintena de gobernadores en menos de 5 años, que revelan
inestabilidad institucional derivada de la negativa a respetar la voluntad popular. Es la única provincia que no se
configura mediante una sola ciudad como cabecera.
3. Buenos Aires
“La anarquía”
Después de la derrota de Cepeda, el Cabildo asume el mando de la provincia de Buenos Aires. Manuel de
Sarratea será su primer gobernador designado por la Junta de Representantes contando con el aval de los caudillos
Ramírez y López.
Luego de la firma del tratado del Pilar, las tropas federales ingresan a la capital con los jefes a la cabeza; la
poderosa imagen resulta un agravio para todos los porteños, lo que, sumado a la llegada de Juan Ramón Balcarce,
provoca una pueblada directoral que lo designa Gobernador el 6 de marzo. Se desvanece su poder el 11. Sarratea
12
nuevamente al poder, pero debilitado ya que el 26 de marzo se retira el Ejército federal de sus campamentos. Nace
la segunda Junta de Representantes.
El 2 de mayo es designado gobernador Ramos Mejía, el que aceptaba “todo el lleno de las facultades en lo
político, económico y militar por espacio de ocho meses” que le otorgaba la Junta.
La intranquilidad vendría de Santa Fe. López comienza una nueva invasión; proyecta establecer a su aliado
porteño Alvear como gobernador. La crisis se hace insostenible. El 20 de junio Ramos Mejía renuncia. Estanislao Soler
no ha asumido todavía como gobernador y el símbolo del mando se encuentra depositado en el Cabildo. Conocido
como el día de los 3 gobernadores, otra ausencia marcaría el calendario: moría en la extrema pobreza Manuel
Belgrano.
Finalmente Soler asume la Gobernación para enfrentar a López el 28 de junio en Cañada de la Cruz, donde es
derrotado y debe huir.
El 4 de agosto finalmente, Dorrego es elegido por una transitoria junta de Representantes. López desiste de
atacar la ciudad y se retira a su tierra natal. Dorrego es derrotado por López en la batalla de Gamonal. El 26 de
Setiembre la Junta elige gobernador a Martín Rodríguez, prestigioso general, que recibe el rechazo de los populares.
Requiere y consigue la ayuda de Juan Manuel de Rosas. El 6 de octubre, la Junta acuerda al gobernado el lleno de sus
facultades por tres meses.
Las crisis y las incertidumbres, han sido aptas para generar propuestas autoritarias como presuntas soluciones
a la emergencia. La década ha de finalizar con facultades extraordinarias concedidas a Juan Manuel de Rosas el 6 de
diciembre de 1829. De ahí a la suma del poder público, sin limitaciones funcionales ni temporales, sólo restaría un
paso.
“La feliz experiencia”
Una vez consolidada la autoridad provincial, Buenos Aires adoptó el aislamiento como medio de represalia. Se
trataba de una pedagogía del poder y de la realidad: aunque asumía la obligación de cargar con el enorme peso de la
deuda nacional, también disponía para todas las rentas de la aduana y las ventajas del puerto para iniciar su
desarrollo individual. Para ella se necesitaba un vasto proyecto de reformas.
El 15 de marzo de 1821 la Junta se da su Reglamento Interno tratando de fijar sus atribuciones. El 3 de abril
de 1821 se designa Gobernador propietario a Martín Rodríguez, quien era provisorio desde siempre del año anterior.
La actividad legislativa toma notable impulso a mediados de 1821. El 11 de agosto se sanciona la denominada
ley de sufragio universal, por la cual la elección era directa, verbal y por lista completa. El 5 de setiembre se dictaba
la ley de presupuesto que significaba una regla de orden financiero-administrativo acorde a las nociones más
avanzadas. La misma ley organiza el tercer poder, el Judicial, ejercido por los alcaldes, en parte.
En 1822 se modifica el reglamento de la Junta de Representantes disponiendo la renovación del cuerpo por
mitades y se establece el periodo ordinario de sesiones.
En 1823 la Junta de Representantes dispone que el Poder Ejecutivo sea ejercido por un ciudadano mayor de
35 años y electo por esa misma Junta. Así quedan estructurados los tres poderes sin que se haya dictado una
constitución a la manera tradicional.
En el plano educativo y cultural las reformas fueron también importantes.
En 1822 se crea la Academia de Medicina, luego se introduce el estudio de Economía Política, se crean la
Escuela de Música, el Colegio de Ciencias Morales, entre otras varias iniciativas.
La ciudad tuvo importante desarrollo en materia periodística, con la creación de distintos medios de
publicación.
En el plano financiero económico establece la enfiteusis.
El empréstito de la Baring
En 1822 la Sala de representantes autorial Poder Ejecutivo a contraer un empréstito que luego fue ampliado
hasta la suma de $5.000.000, lo que era igual a un año de todas las exportaciones de Inglaterra a las Provincias Unidas.
Un grupo de comerciantes ingleses y porteños fue el encargado de gestionarlo y se obtuvo en 1824, de la casa
bancaria de Londres Baring Brothers & Co. Pensado con la finalidad de construir un nuevo puerto, fundar tres
poblaciones y dotar de agua corriente a Buenos Aires, nada de esto pudo concretarse.
Este primer antecedente de la deuda externa, será casi siempre un paradigma, con sus secuelas de corrupción
y desparpajo en los buenos negocios para algunos y costos para la mayoría, en todas las negociaciones posteriores.
4. Corrientes
Después de la Revolución de Mayo participará con representantes en las primeras convocatorias a Asambleas,
aunque hostigada por avanzadas portuguesas. Luego en 1814, bajo la influencia de Artigas el teniente Juan B.
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Méndez, se hará cargo del gobierno y el Cabildo proclamará su independencia como Provincia bajo el sistema federal.
No obstante, Corrientes sigue formando parte de la “Liga de los pueblos libres” de Artigas que es quién en los hechos
convalida los movimientos políticos. En 1818 es depuesto Méndez lo que provoca la intervención de Artigas que
repone a Méndez. No hay hasta 1820, casi ningún desarrollo institucional.
Con la asunción de Pedro Ferré, comienza la etapa institucional de la Provincia. Un Congreso provincial reunido
el 26 de noviembre de 1821 sanciona el Reglamento Provisorio Constitucional de la Provincia el 11 de diciembre de
ese año. La misma dispone la división de los 3 poderes, pero con un marcado “gigantismo” del Poder Ejecutivo, pero
le prohíbe el ejercicio de funciones judiciales y de facultades extraordinarias e incluye una cláusula que le impide
recibir “obsequios o regalos”. Consagra el voto universal para los nativos, pero restringe el voto a los extranjeros.
El 13 de diciembre asume J. J. Fernández Blanco como Gobernador institucional.
En 1822 Corrientes se incorpora al bloque del litoral ya liderado por Buenos Aires con la firma del Tratado del
Cuadrilátero. En 1824 se realizan reformas al Reglamento y se modifica su denominación por el de “Constitución de
la Provincia de Corrientes”, destacándose la supresión de los cabildos, la reorganización del poder judicial y la
ampliación del derecho a voto. Regirá hasta 1857.
En diciembre de 1824 asume designado por el Congreso Provincial, Pedro Ferré, que será la figura descollante
de la Provincia. Tendrá que afrontar conflictos con los indios y con Misiones, no obstante, pudo proteger las industrias
locales, construir escuelas y organizar definitivamente la provincia. En 1827 fue reelegido gobernador, para lo cual
hubo que derogar el artículo de la Constitución que lo prohibía, pero asumió sólo hasta que terminara la guerra con
el Brasil; finalizada la misma renunció y fue elegido en su reemplazo Pedro D. Cabral. En 1830 es elegido Gobernador
nuevamente. Tiene ya estatura nacional.
5. Córdoba
El coronel mayor Juan Bautista Bustos se convertirá en la personalidad fundamental de la década en Córdoba.
Es ascendido a segundo comandante del cuerpo y participa en ese carácter en el Cabildo Abierto del 22 de mayo,
votando por la fórmula que exige subrogar el mando en el Cabildo. Participa también en el Cabildo del 25.
En 1815, después de la caída de Alvear, asciende a coronel y marcha en apoyo el Ejército Auxiliar del Norte.
Después de la sublevación de Arequito, la hora de revisar su pasado directoral y de asumir el mando de la
Provincia parece haber llegado.
Frente a ella, el gobernador Manuel Antonio de Castro, presenta su renuncia al Cabildo Abierto reunido el 17
de enero, quien reasume la soberanía. Luego de un breve interinato de José Javier Díaz, de tendencia federal, el poder
de Bustos se impone y es proclamado Gobernador de la Provincia el 20 de marzo de 1820 por una Asamblea, la que
había ratificado que Córdoba era “provincia libre y soberana, no reconoce dependencia ni debe subordinación a otra”.
Paralelamente La Rioja se separaba de Córdoba.
Para reafirmar su poder provincial, Bustos sofocó una intentona revolucionaria en su contra y mandó fusilar a
16 sargentos. Derrotará a sus opositores y conformará un gobierno “de unidad” donde conviven bajo SU figura
antiguos partidarios de los directoriales, parte del funismo, elementos del clero y de la universidad y el ala radical del
artiguismo.
El 30 de enero de 1821 la Sala de Representantes sancionaba el “Reglamento Provisorio de la Provincia para
el régimen de las autoridades de ella”. Regirá en la provincia con reformas, durante más de 20 años. Sigue la trilogía
del poder.
Se ocupará Bustos de la educación y la cultura con particular esmero. Apoya la universidad, provincial desde
entonces y prohijará el cambio del plan de estudios; crea más de 30 escuelas. Disolverá los cabildos y dictará
reglamentos de comercio.
Sus preocupaciones iban más allá de cultivar y organizar su provincia, pretendía liderar la organización
nacional basada en un federalismo de nuevo cuño a través de un Congreso en Córdoba. Frustrado el primer intento,
se opone a la gestión del enviado de Rivadavia para convocar un nuevo Congreso en Buenos Aires en 1824. Envía
diputados con instrucciones, que requería la defensa de la religión católica, la ratificación de la independencia y el
mantenimiento “del estado político” y el “orden regular” en que se encontraban las provincias. Cuando el Congreso
se inmiscuye en los asuntos internos, su reelección como gobernador, comienzan los desencuentros. Finalmente,
Córdoba se desvinculará del Congreso retirando sus diputados.
Bustos se convierte nuevamente en el referente federal del país, cuando en mayo de 1827 postula las Bases
Federales para convocar a un Congreso en Santa fe.
El general Paz (su antiguo camarada-adversario) ataca a Bustos, quien, derrotado el 22 de abril de 1829, huye
en búsqueda del auxilio de Facundo Quiroga, dejando sus pertrechos abandonados sobre el campo de batalla.
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Facundo avanza sobre córdoba formando un ejército de 5 mil hombres. Paz por su parte consigue refuerzo de
Tucumán, pero apenas alcanza a agrupar 2500 soldados y decide abandonar la ciudad. Facundo y Bustos ingresan en
ella y dividen sus fuerzas. Durante los días 22 y 23 de junio de 1829 se enfrentan brutalmente (con Paz). El triunfo de
Paz es evidente y quedan sobre el campo de batalla centenares de muertos. El caudillo riojano se retira hacia las
sierras. Bustos herido y acorralado, prefiere no entregarse, se arroja al vacío y sobrevive malherido. Consigue refugio
en Santa Fe donde fallece antes de llegar la primavera de 1830. Paz ocupa el gobierno.
6. La Rioja
La crisis federal de 1820 le permite concretar su independencia respecto de Córdoba, dejando sin efecto la
sujeción. La Rioja comienza su vida autónoma; el general Francisco Antonio Ortiz de Ocampo es proclamado
Gobernador en esta nueva etapa y la provincia pronto contará con una Sala de Representantes que irá reemplazando
al Cabildo. Desarrolla su organización institucional basada en la división de poderes en forma paulatina.
Juan Facundo Quiroga (1788-1835) será el símbolo de la provincia.
En 1823 en la batalla d El Puesto, Facundo comandante general de armas de la Provincia, derrota al hermano
del gobernador Dávila y queda como caudillo indiscutible de la provincia. Sólo por poco tiempo acepta el cargo de
Gobernador y renuncia sin retomarlo nunca, pero digitando en más a quienes ocuparan el puesto.
La Rioja envía 3 diputados al Congreso General de 1824/1827. La provincia se expedirá por el sistema de
unidad, pero pronto Facundo irá girando hacia posiciones federales.
A partir de fines de 1825, cuando las tropas de Lamadrid derrocan a Javier López, gobernador de Tucumán,
Facundo siente que sus espaldas están en riesgo, en particular cuando el Congreso no condena tal acto. Al año
siguiente se decide y avanza contra Catamarca donde desaloja al gobernador Gutiérrez y luego se enfrenta al
tucumano en El Tala, el 27 de octubre de 1826 derrotándolo. Continúa su marcha y extiende su poder hasta Cuyo. La
guerra entre provincias ha comenzado.
La fama y el poder de Facundo se han agigantado. Su “sombra terrible” se finca en su particular personalidad,
pero sobre todo en sus milicias llaneras.
El golpe unitario y la marcha de Paz hacia córdoba, lo llevan a la Tablada donde es derrotado y vencido
nuevamente en Oncativo. Marcha a Buenos Aires y en 1835 es asesinado. La conmoción de su muerte fue similar al
martirio de Dorrego. El equilibrio que su figura hacía logrado concretar en el interior se desvanece y queda expedito
el camino a la dictadura de Rosas.
7. Mendoza
Mendoza, San Juan y San Luis (antiguas componentes de la Intendencia de Córdoba) pasaron en 1813 a
conformar la Gobernación Intendencia de Córdoba siendo la capital Mendoza. El 3 de Julio de 1820 asume como
gobernador, Tomás Godoy Cruz, electo en comicios populares. Procedió a estructurar la Junta de Representantes la
que reglamentó el funcionamiento independiente del poder judicial. Godoy Cruz será partidario de concurrir al
Congreso de Córdoba y designa diputado a Francisco Delgado.
Para 1821 se da un intento de reunificar las 3 provincias mediante un proyecto denominado Reglamento
Provisional de Gobierno, que sólo quedará en eso.
En 1822 se hace cargo del gobierno el hacendado Pedro Molina. El 22 de agosto de ese año suscribe San Luis
y San Juan el Pacto de San Miguel de las Lagunas, que constituye otra tentativa desde el interior para formar el
siempre anhelado Congreso.
La gobernación de Molina se inscribe en la tónica progresista de Rivadavia. Será sucedido por el General José
Albino Gutiérrez de tendencia federal, el 4 de junio de 1824. A los pocos días un alzamiento derrocó a Gutiérrez. Juan
Lavalle asumió transitoriamente el gobierno y luego un cabildo designó, al suegro de Lavalle, don Juan de Dios
Correas, quien se revela como un ordenado administrador; durante su gestión se disuelven los cabildos y se sanciona
la ley de elecciones que establece en dos años el mandato del Gobernador.
En 1826 a Corres lo sucede Juan Corvalán.
Mendoza se expedirá por la forma federal de gobierno, pero mantendrá buenas relaciones con Rivadavia.
Manda 4 diputados al Congreso de 1824.
El golpe unitario de Buenos Aires convierte a todo el país en un campo de batalla. Quiroga recurre al auxilio
del mendocino José Félix Aldao, para combatir a Paz. Después de la derrota, Aldao regresa a Mendoza donde se ha
producido un levantamiento contra el gobierno federal. Las fuerzas montoneras a su cargo acechan la ciudad.
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En ese final de década el horror de la guerra civil en Cuyo queda simbolizado con la muerte de dos ilustres: el
asesinato del doctor Francisco Ignacio Bustos y del doctor Francisco Narciso de Laprida. De ello logra zafar, un
sanjuanino que se hará ilustre: Domingo Faustino Sarmiento.
8. San Juan
En 1815, el doctor José Ignacio de la Roza, gobernador creador por el pueblo sanjuanino, aceptaba mantener
la dependencia provincial de la Gobernación Intendencia de Cuyo, revocando, la anterior decisión antonómica y
continuaba como Teniente Gobernador de San Juan, esto es delegado del Gobernador Intendente José de San Martín.
En la madrugada del 9 de enero de 1820, el capitán Mariano Mendizábal, enfrentado con de la Roza por
cuestiones familiares, conmociona el cuartel de San Clemente, con disparos y gritos. En un Cabildo Abierto
Mendizábal es designado Teniente Gobernador. El de Marzo queda como Gobernador y se declara la autonomía
de la provincia. Nacía la provincia de San Juan.
Mendizábal era depuesto el 21 de marzo en una asamblea que nombró en su reemplazo a José Ignacio
Fernández Maradona; éste ratificó la autonomía sanjuanina y adhirió a la liga federal nacida del tratado del Pilar,
pero nuevamente las intrigas desvanecieron su poder y fue reemplazado en junio de ese año por José Antonio
Sánchez. Durante su mandato se creó el poder legislativo provincial, reemplazando al Cabildo, quedando este limitado
a su función municipal.
En enero de 1822, Pérez de Urdininea se hizo proclamar gobernador. Un año después, renuncia y se dirige a
Bolivia donde en 1825 se une a las fuerzas de Sucre llegando a ser ministro y presidente.
El 10 de enero de 1823 es elegido Gobernador Salvador María del Carril quien ejerció el cargo hasta 1825.
Encaró la reforma eclesiástica y la supresión de conventos; en 1824 crea el poder Judicial independiente con una
Corte Suprema de Justicia. El 13 de Julio de 1825 promulga la Carta de Mayo, que constituye una declaración de los
derechos del hombre. La oposición a su gestión de gobierno por los sectores conservadores llevó a la revolución
militar y popular del 26 de Julio que derrocó al Gobernador y dio fin al experimento liberal a ultranza.
San Juan envía diputados y representantes al Congreso de 1824. Se había expresado por la Ley de Consulta a
favor de la federación, pero había acatado dos normas principales sancionadas por el régimen unitario, la ley de
Presidencia y la ley de capitalización.
En enero de 1827 ante el avance de las fuerzas de Quiroga, el pueblo depuso al gobernador José A. Sánchez y
designó al comandante Gregorio Quiroga Carril como gobernador. Ese año San Juan firma con sus hermanas cuyanas
el tratado de Huanacache.
9. San Luis
La provincia formaba también parte de la antigua Gobernación Intendencia de Córdoba. Vicente Dupuy fue
designado como Teniente Gobernador de San Luis por el director Posadas en 1814 y pasaría a depender del
gobernador de la Provincia de Cuyo, San Martín. El teniente rigió con mano férrea los destinos de San Luis hasta 1820.
Para el congreso de 1816, un ex confinado en la provincia fue elegido como representante, el porteño Juan Martín
de Pueyrredón, que será a su vez elegido Director Supremo por el Congreso.
El confinamiento de Pueyrredón en la provincia no era una excepción. San Luis fue mucho más que una extensa
prisión. Los puntanos ofrecieron en grado sumo sus vidas y sus bienes para garantizar la libertad de Chile en la
expedición de San Martín.
La sublevación de Mendizábal en San Juan y la crisis del XX, tuvieron como consecuencia el fin de Dupuy. Y el
comienzo de la autonomía de San Luis. El 26 de febrero de 1820 un Cabildo Abierto determinaba que el Cabildo
asumía las 4 funciones clásicas del estado indiano.
En 1822 se suscribe el Pacto de San Miguel de las Lagunas, que preveía la reunión de un Congreso en San Luis,
que no se concretó por disidencias entre las provincias.
Para el Congreso de 1824 designan diputado a Vélez Sarsfield y luego a dos más. La provincia se expedirá
finalmente por el rechazo de la Constitución de 1826. En 1827 se celebra el tratado de Huanacache. En 1829, fuerzas
de Paz irrumpen en la provincia, ya en pleno escenario de guerra civil.
San Luis tendrá su constitución recién el 7 de enero de 1832 sancionada por la Junta de Representantes con
el nombre de “Reglamento Provisorio para el régimen y gobierno de la Provincia de San Luis”. La figura descollante
será el doctor José Santos Ortiz, quien morirá en 1835, asesinado junto con Facundo Quiroga.

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