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B) El juez debe determinar si el caso cae dentro del agravante del inciso 6. “Con el concurso
premeditado de dos o más personas.” Aquí el juez sabe que la doctrina está dividida en dos
conceptos diferentes, una tesis restrictiva opina que el significado de la expresión completa
indica que la asistencia debe ser de dos o más personas a la otra que es el homicida, es decir,
tienen que ser tres al menos. Por el contrario, Fontan Balestra defiende la utilización de un
concepto más amplio del enunciado, sosteniendo que basta que el crimen sea hecho con dos
partícipes en total. Al existir dos significados diferentes de la expresión, ¿a qué problema
jurídico se enfrenta el juez? ¿A cuál premisa del silogismo judicial afecta? Justifique.
El juez enfrenta un problema de interpretación ya que en este caso no hay duda sobre la norma
aplicable, pero ella admite más de una lectura como consecuencia de un problema de
ambigüedad semántica o sintáctica. Por lo cual afecta la identificación de la premisa
normativa.
E )Supongamos ahora que estamos frente a un caso de femicidio. La figura del femicidio
establece que debe ser un homicidio de una “mujer”. El término parece tener más de un
significado, ¿qué problema jurídico representa?
Se presenta un problema de interpretación ya que cuando se habla de violencia contra la mujer
en el delito de femicidio, se discuten tres acepciones diferentes del término mujer: por su
determinación biológica o en sentido jurídico, lo que incluye a las personas que han realizado
un cambio legal de su sexo a femenino y, por otro lado, a las personas que se auto perciben
como tales.
F) Supongamos que se ha realizado una reforma del Código Penal justo antes de la realización
del hecho y que lo atraparía, pero existe una tiene una cláusula transitoria que afirma que el
mismo entrará en vigencia un año posterior al mismo. ¿Qué problema de los vistos quedaría
configurado en este caso?
Problema de relevancia , Vacatio legis legis. Por la aplicación ultra activa de la ley penal más
benigna. La reforma precedente al hecho delictivo carece de eficacia por la imposición de una
cláusula transitoria y por ende no aplicable en tal caso los vistos quedaran tal y como estaban,
no hay relación de la ley en suspenso con el hecho delictivo actual.
G) Teniendo en cuenta los problemas precedentes, ¿es un caso difícil? ¿Fue necesaria la
justificación externa de algunas de las premisas?
Si, es un caso difícil, porque además de la justificación interna, se necesita la justificación
externa. El caso presenta diversos problemas jurídicos, que se expresan en desacuerdos
jurídicos entre fiscales, defensores y jueces, los que recurren a diversos tipos de argumentos
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