Más información...
INFORMACIÓN
COMENTARIOS
Apuntes sobre primera parte
Me gusta

¡Tu opinión es importante! Sé el primero en comentar.

1
Sucesiones
Clase del día 31 de julio
Bibliografía: Tratado de Vaz Ferreira
Parciales:
1- Lunes 21/8 presencial
2- Sábado 09/09 virtual
3- Viernes 29/09 presencial
¿Qué es la sucesión? Hay un cambio, que es del titular en una relación jurídica,
se puede dar entre un acto entre vivos o sino por causa de muerte que es lo
vamos hablar, se da en una relación patrimonial y ese cambio de titular puede ser
del lado pasivo o del lado activo, del lado activo es cuando hay derechos, pasivos
cuando hablamos de obligaciones.
Frente al fallecimiento de la persona se transmiten las dos cosas es decir activo y
pasivo.
El patrimonio en si se puede transmitir cuando la persona fallece.
En la sucesión por causa de muerte, el causante es sustituido por el heredero o
los herederos, lo va a sustituir en los derechos y obligaciones que no se exigen
con la muerte.
El conjunto de normas de derecho ouvado que regula la sucesión por causa de
meurte, esto es, la sustitución o subrogación de una persona fallecido, causante
por otras personas y otras personas en el conjunto de relación jurídica activa y
pasivas del que era titular a su fallecimiento y que no se extinguen con la muerte
Fundamento de tener derecho sucesorio y que sea necesario regular la sucesión
pro causa de muerte, aparece para regala que pasa cuando la persona deja de
existir, quien ocupa su lugar y quien se hace cargo del patrimonio.
Una vez que decidimos que es necesario el derecho sucesorio que no se
extinguen con la muerte y en segundo caso es resolver quien va a heredar a ese
fallecido.
Tendencias que marcan los distintos sistemas a la hora de decidir quién hereda al
causante

Este documento contiene más páginas...

Descargar Completo
. . . . .